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ADMINISTRATIVOS - CASINOS

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Llamado Público a ciudadanos de la República a participar de un Concurso de Méritos y Oposición, con el fin de ingresar el Registro de Aspirantes a incorporarse a la Dirección General de Casinos en funciones contratadas equivalentes al cargo de Administrativo III.
Inscripciones hasta el 15 de Setiembre de 2008
http://www.casinos.gub.uy/llamados.html


Bases

1.- Objeto:
Conformar el Registro de Aspirantes a incorporarse a la función contratada equivalente al cargo de Administrativo III, comprendido en el Presupuesto Operativo y de Inversiones de la Dirección General de Casinos, en la repartición, cupos y cargos vacantes, que surgen del siguiente cuadro:

Departamentos
Ciudad
Repartición
Cupos máximos del Registro de Aspirantes
Cantidad de Funciones Contratadas de destino, sujetas a necesidades del servicio
Montevideo
Montevideo
Oficina Central
8
4
2.- Población objetivo:
Ciudadanos de la República Oriental del Uruguay (artículo 76 de la Constitución), que cumplan con los requisitos que se indican en las presentes Bases.

3.- Requisitos de admisibilidad de las postulaciones:
Los requisitos que a continuación se indican son excluyentes.

3.1.- Ser ciudadano uruguayo (artículo 76 de la Constitución).

3.2.- Tener entre 18 (dieciocho) y 30 (treinta) años cumplidos, a la fecha de inicio del plazo de la presente convocatoria, lo que deberá acreditar con fotocopia de cédula de identidad.

3.3.- Haber jurado la Bandera Nacional, presentando la constancia correspondiente.

3.4.- Haber sufragado en la última elección nacional, siempre que a la fecha de realización de la misma, el postulante hubiese tenido la calidad de ciudadano y cumplido 18 años de edad, debiendo acreditar dicha circunstancia con la constancia pertinente o, en su defecto, haber acreditado fehacientemente ante la Junta Electoral la existencia de causas que lo eximieren de la obligación de votar.

3.5.- No tener la calidad de funcionario público (excepto en caso de docencia), ni de becario, pasante, ni mantener vigente contrato de arrendamiento de servicios, en cualquier modalidad, con órganos u organismos públicos, a la fecha de inscripción; ni haber sido cesado en una relación laboral con el Estado por incumplimiento de sus obligaciones o como consecuencia de la comisión de falta administrativa grave, ya sea como funcionario público o bajo cualquier modalidad de vinculación, lo cual deberá surgir de una declaración formal y expresa del postulante.

3.6.- Haber cursado y aprobado en forma completa, el nivel de Educación Media Superior (Bachillerato Diversificado del Consejo de Educación Secundaria o su equivalente de la educación secundaria en institutos privados habilitados, o Bachillerato del Consejo de Educación Técnico Profesional – ex UTU).

3.7.- Haber cursado y aprobado en forma completa un curso de Secretariado de por lo menos 2 (dos) años de duración, dictados por el Consejo de Educación Técnico Profesional o por otros Institutos Privados reconocidos por el Ministerio de Educación y Cultura, cuya carga horaria deberá constar en el documento que se presente para acreditar dicha circunstancia.

3.8.- Haber aprobado cursos de Microsoft Word y Microsoft Excel, debidamente acreditados con las constancias de entidades de enseñanza, públicas o privadas.

3.9.- Tener domicilio constituido en el Departamento de Montevideo, acreditado por la respectiva constancia y constituir un número de fax, a efectos de recibir formalmente las notificaciones que correspondan en el procedimiento de selección.

3.10.- Presentar el Certificado de buena conducta.

3.11.- Presentar el Carné de salud vigente (no se aceptará constancia de que se está tramitando).

3.12.- No tener lazos de parentesco con funcionarios de la Dirección General de Casinos, dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad o por ser su cónyuge, lo cual deberá surgir de una declaración formal y expresa del postulante.

4. Perfil exigido para el cargo:
4.1.- Estabilidad emocional..
4.2.- Acatamiento a las normas..
4.3.- Discreción.
4.4.- Compromiso con el trabajo.
4.5.- Adaptabilidad al cambio..
4.6.- Capacidad para trabajar bajo presión.
4.7.- Iniciativa.
4.8.- Capacidad para resolver problemas.
4.9.- Actitud favorable para trabajar en equipo.

5.-Información:
Todos los datos necesarios para que los potenciales postulantes puedan adoptar una decisión al respecto, se encuentran a disposición de los interesados en la página www.casinos.gub.uy y en la Oficina Central de la Dirección General de Casinos, División Recursos Humanos, sita en Av. Libertador 1519, Montevideo, Teléfono 900-3822.

6.- Presentación de postulaciones:
6.1.- Los interesados en postularse para integrar el Registro de Aspirantes antes citado, deberán inscribirse personalmente presentando el formulario, que a esos efectos se encuentra disponible en la página www.casinos.gub.uy, hasta el 15 de setiembre de 2008 inclusive, en el horario de 11:00 a 17:00 horas en Oficina Central de la Dirección General de Casinos.

En el momento de la inscripción, el postulante deberá entregar únicamente el citado formulario, registrando en el mismo, todos y cada uno de los datos que se solicitan o la inscripción negativa si no posee alguno de los requisitos que se solicitan. El funcionario receptor del formulario, le entregará al postulante, como constancia de recepción, la vía 1 de la tirilla de inscripción.

A los efectos de la referida inscripción, a continuación se indican la dirección del lugar de recepción:

Lugar de recepción
Dirección
Ciudad
Oficina Central
Av. del Libertador 1519 Montevideo
6.2.- En el Anexo I, se establece un resumen de las características principales de la Dirección General de Casinos y los aspectos básicos del estatuto funcional correspondiente a quienes desempeñen las funciones objeto del presente llamado.

6.3.- En el Anexo II, se transcriben las respectivas tareas, objetivos y responsabilidades vigentes para el cargo de Administrativo III, de acuerdo al Manual de Descripción de Clases de Cargos del Organismo.

7.- Tribunal Evaluador:
7.1.- El análisis y evaluación de las postulaciones presentadas, será realizado por un Tribunal integrado por tres miembros designados por la Dirección General de Casinos.

7.2.- La integración del Tribunal será publicada en la cartelera del lugar de recepción de postulaciones y en la página www.casinos.gub.uy.

7.3.- El Tribunal resolverá por mayoría de votos, labrando Acta de sus actuaciones, efectuando un informe detallado de los criterios de valoración que se aplicaron en las diferentes etapas del proceso. Asimismo, deberá efectuar una valoración de los resultados finales, informando si –a su juicio– entre los aspirantes se puede seleccionar personas que se adecuen al perfil y condiciones del puesto que se concursa, pudiendo, en su caso, aconsejar declarar desierto el concurso.

Asimismo podrá requerir los asesoramientos y habilitar los procedimientos que entienda necesarios para el cumplimiento de sus cometidos.
8.- Proceso de selección de los postulantes:
8.1.- Metodología a emplear:
Culminado el proceso de inscripción de postulantes previsto en el numeral anterior y a efectos de la selección correspondiente, se cumplirán las siguientes etapas:
8.1.1.- Análisis primario de los formularios de postulación.
8.1.2.- Eventual sorteo.
8.1.3.- Presentación y control de los requisitos excluyentes y otros méritos.
8.1.4.- Evaluación de otros antecedentes.
8.1.5.- Pruebas Técnicas.
8.1.6.- Entrevista Personal.

8.2.- Desarrollo del procedimiento:
8.2.1.- Análisis primario de los formularios de postulación:
Culminado el plazo de inscripción, el Tribunal respectivo deberá realizar las siguientes tareas:

8.2.1.1.- Revisar cada uno de los formularios a efectos de verificar si se incluyeron en los mismos, todos los datos solicitados. Si faltaren datos, la respectiva postulación no será considerada.

8.2.1.2.- Contar la cantidad de postulaciones que cumplieran primariamente con lo solicitado en el respectivo formulario y cotejar con el número de cupos previstos en las presentes Bases. Si ese número fuera mayor a dos veces y media el número de cupos, corresponde pasar a la etapa de sorteo, para eliminar la cantidad de postulaciones que excedan ese tope.

Si la cantidad de postulaciones correctamente presentadas, fuera igual o menor al mencionado tope, no corresponde realizar ningún sorteo, pasándose a la etapa siguiente.

8.2.2.- Sorteo eventual:
8.2.2.1.- Si el número de postulaciones admitidas primariamente supera dos veces y media el cupo del Registro, previsto en el numeral 1 de las presentes bases, corresponde realizar un sorteo.
8.2.2.2.- A los efectos del mencionado sorteo, se utilizara la vía 2 de la tirilla de inscripción.
8.2.2.3.- El sorteo respectivo, si correspondiere, se realizará en acto público, ante 3 (tres) funcionarios que designe la Dirección General de Casinos a tales efectos, en la ciudad de Montevideo.
A tales efectos, se depositarán en un recipiente adecuado a ese objetivo, las tirillas correspondientes a las postulaciones primariamente admitidas para cada establecimiento, hecho que podrá ser verificado por cualesquiera de los postulantes presentes en el acto. Luego, se extraerán del mismo la cantidad de tirillas que equivalga a dos veces y media el cupo del Registro objeto de este llamado.
Los postulantes a los que pertenezcan las tirillas sorteadas, quedan habilitados para continuar las siguientes etapas del procedimiento.
8.2.2.4.- El sorteo se realizará el día 16 de setiembre de 2008, a la hora 12:00, y el resultado será publicado, al primer día hábil siguiente al de su realización, en la página web de la Dirección General de Casinos (www.casinos.gub.uy) y, además, si materialmente fuera posible, se notificará personalmente a cada interesado que hubiese resultado sorteado, por vía fax, al número que al efecto hubiese constituido en su postulación.
A todos los efectos, es de carga del postulante, realizar el seguimiento del procedimiento de selección, consultando la página web antes citada y concurriendo personalmente a notificarse de todas las decisiones que se fueran adoptando a su respecto, en la Oficina Central del Organismo, sita en la ciudad de Montevideo, Área de Administración General – División Recursos Humanos.

8.2.3.- Presentación y control de los requisitos excluyentes y otros méritos:
8.2.3.1.- Los postulantes que hubiesen superado las etapas anteriores, sea porque el número de postulaciones fuera menor que el tope antes citado o que al ser superior, luego de cumplida la etapa de sorteo, hubiesen sido preseleccionados a través del mismo; deberán acreditar, con los comprobantes correspondientes, todos los requisitos excluyentes indicados en el numeral 3 de estas Bases y otros méritos declarados en el formulario de inscripción.
Dicha documentación probatoria, numerada correlativamente de acuerdo al orden previsto en el formulario de inscripción, deberá presentarse en el mismo lugar y horario establecido en el numeral 6.1, el día 18 de setiembre de 2008, en sobre cerrado, en cuya cubierta deberá adherirse una fotocopia de la constancia de inscripción.
8.2.3.2.- La información aportada por el postulante tendrá carácter de Declaración Jurada y los alcances del Art. 239 del Código Penal.
8.2.3.3.- Las postulaciones que no cumplan con todos los requisitos exigidos o en las que se constate la inclusión de datos falsos, no serán consideradas y, en la segunda hipótesis, podrán determinar la realización de la correspondiente denuncia penal.

8.2.4.- Evaluación de otros antecedentes:
Este factor tendrá un puntaje máximo de 43 (cuarenta y tres) puntos y se desagrega en los siguientes subfactores:

8.2.4.1.- Cursos de 24 horas o más, complementarios al de Secretariado requerido en el punto 3.7.
El puntaje máximo de este subfactor es de 20 (veinte) puntos de acuerdo a la siguiente escala:

Asistente de Alta Gerencia o Asistente Administrativo - 2 (dos) puntos.
Comunicación Comercial o Comunicación oral y escrita - 2 (dos) puntos.
Redacción - 2 (dos) puntos.
Perfeccionamiento del Idioma Español - 2 (dos) puntos.
Administración - 2 (dos) puntos.
Dactilografía - 2 (dos) puntos.
Taquigrafía - 2 (dos) puntos.
Atención al cliente - 1 (un) punto.
Organización de Eventos - 1 (un) punto.
Relaciones Públicas - 1 (un) punto.
Ceremonial y/o Protocolo - 1 (un) punto.
Ética Profesional - 1 (un) punto.
Trabajo en equipo - 1 (un) punto.
8.2.4.2.- Cursos aprobados en materia informática, de los programas que a continuación se indican, para cuya evaluación se tendrán en cuenta los elementos de juicio que surjan de la documentación que el postulante presentara para acreditar dicho mérito. El puntaje máximo por este subfactor, es de 15 (quince) puntos a razón de 3 (tres) puntos por programa
Microsoft PowePoint.
Adobe PageMaker .
Adobe PhotoShop .
CorelDRAW.
Microsoft Access.
8.2.4.3.- Cursos aprobados de inglés:
El puntaje máximo por este subfactor, es de 8 (ocho) puntos y se evaluará en función de los elementos de juicio que surjan de la documentación que el postulante presentara para acreditar dicho mérito, el cual deberá emanar de institutos de enseñanza reconocidos en esa materia, sólo se considerará la constancia de aprobación de los siguientes niveles:

Proficiency, puntuará 8 (ocho) puntos.
Advanced, puntuará 6 (seis) puntos.
First Certificate, puntuará 4 (cuatro) puntos.
8.2.5.- Pruebas técnicas:
Los postulantes que superen las instancias anteriores, deberán rendir las pruebas eliminatorias que a continuación se indican, teniendo este factor un puntaje máximo de 50 (cincuenta) puntos.
Luego que el Tribunal Evaluador hubiese controlado y evaluado la documentación presentada por los postulantes, relativa a sus antecedentes, quienes resulten precalificados serán convocados a cumplir las mencionadas pruebas técnicas, a través de una comunicación general que se publicará en la página (www.casinos.gub.uy), de la que surgirá la identificación de los postulantes que estarán en condiciones de realizar la primera de las pruebas previstas, así como el lugar, fecha y hora que se realizará la misma. Asimismo, se notificará a los interesados al fax que hubiesen constituido al presentar su postulación. Si el mismo no funcionara convenientemente, no existiendo otro medio para realizar la mencionada notificación, será de estricta responsabilidad de los postulantes informarse a través de la página WEB, si se encuentran o no en la nómina.

8.2.5.1.- Prueba evaluatoria de habilidades, actitud y aptitud.
Esta prueba tiene por objeto evaluar las habilidades, actitud y aptitud, con relación al perfil del puesto, evaluando su nivel de adecuación al mismo. La misma tendrá carácter eliminatorio y puntuará como mínimo 15 (quince) puntos, con un máximo de 25 (veinticinco) puntos.

8.2.5.2.- Prueba de ortografía, dactilografía y diseño de una transparencia.
Los postulantes que hayan alcanzado el puntaje mínimo ó más de las pruebas establecidas en el numeral anterior realizarán una prueba de ortografía, dactilografía y diseño de una transparencia.
Esta prueba constará de tres partes: dictado, dactilografía en programa Microsoft Word y elaboración de una transparencia en Power Point, sub factores de fundamental importancia para el futuro desempeño en la función.

La misma tendrá carácter eliminatorio para cada sub factor y puntuarán de acuerdo a la siguiente escala:

Dictado - máximo 10 (diez) puntos y mínimo 6 (seis) puntos.
Dactilografía - máximo 10 (diez) puntos y mínimo 6 (seis) puntos.
Diseño de transparencia en PowerPoint - máximo 5 (cinco) y mínimo 3 (tres) puntos.
Al término de la misma se les notificará a los postulantes el resultado y se los convocará a la instancia siguiente.

8.2.6.- Entrevista Personal:
Los postulantes que superen las instancias anteriores, tendrán una entrevista personal a nivel gerencial, teniendo este factor un puntaje máximo de 7 (siete) puntos y un mínimo de 4 (cuatro) puntos.

9.- Resultado final del proceso de precalificación:
En función de la sumatoria de los puntajes obtenidos resultantes de las instancias cumplidas de acuerdo a los precedentes numerales 8.2.4, 8.2.5 y 8.2.6 se confeccionará un orden de prelación entre todos los postulantes precalificados.
De acuerdo al orden de prelación registrado y teniendo en cuenta los cupos previstos en el Registro, se determinarán las personas que ingresarán al mismo.
En caso que dos o más postulantes alcanzaran el mismo puntaje, el orden de prelación se definirá por sorteo entre los aspirantes que se encuentren en esa situación. Dicho sorteo se realizará por parte del Tribunal respectivo, en acto público, al que se convocará a los respectivos interesados.
Los postulantes que se ubiquen primero en la citada nómina, sin superar la cantidad de cupos previstos para el Registro de Aspirantes, de acuerdo al cuadro del numeral 1 de las presentes Bases, ingresarán al mencionado Registro.
Esa nómina será publicada en la página web de la Dirección General de Casinos (www.casinos.gub.uy). Asimismo, se notificará a los respectivos aspirantes al fax que hubiesen constituido al presentar su postulación. Si el mismo no funcionara convenientemente, no existiendo otro medio para realizar la mencionada notificación, será de estricta responsabilidad de los postulantes informarse a través de la página WEB, si se encuentran o no en la nómina.
10.- Situación de los postulantes inscriptos en el Registro de Aspirantes respectivo:
10.1.- A partir de la conformación del Registro de referencia, los funcionarios inscriptos en el mismo, tendrán la prioridad para incorporarse a la función contratada para la cual se postularon, antes que cualquier otra persona ajena al Organismo, al constatarse por parte de la Dirección General de Casinos, que existen necesidades de personal en el lugar y función que en cada caso corresponda.

10.2.- Los aspirantes que conforman el Registro correspondiente, mientras no sean incorporados en la Dirección General de Casinos, mantendrán una mera expectativa a incorporarse a dicho Organismo, en las condiciones y circunstancias citadas.

11.- Incorporación de los aspirantes a la Dirección General de Casinos:
La incorporación de los aspirantes que conforman el mencionado Registro, se realizará de la siguiente forma:

11.1.- Cuando existan, a juicio expreso de la Dirección General de Casinos, necesidades de servicio en el lugar respecto del cual se inscribió oportunamente el interesado.

11.2.- Cuando exista disponibilidad presupuestal para la respectiva contratación de función pública.

11.3.- Determinada la necesidad de personal y la existencia de crédito presupuestal, ante la propuesta de incorporación del aspirante respectivo, éste deberá dar su consentimiento expreso a la misma.

11.4.- En caso que un aspirante no acepte expresamente, la incorporación propuesta dentro de un plazo de 10 días hábiles de notificada la misma, será eliminado del Registro.

11.5.- La incorporación de un aspirante, a una de las funciones contratadas de destino en la Dirección General de Casinos, significará automáticamente, que queda comprendido en el respectivo estatuto funcional de dicho Organismo.

11.6.- Su continuidad en el desempeño de dicha función, dependerá de diversas circunstancias, entre las que se destacan la respectiva evaluación de su trabajo en todos los aspectos relacionados al mismo; las necesidades del servicio; la disponibilidad presupuestal; las disposiciones generales de la Administración, etc. Si el desempeño del nuevo funcionario se extiende por un período mayor a 1 (un) año, a satisfacción del Organismo, la Administración podrá gestionar la presupuestación del agente, si tuviere disponibilidad presupuestal para ello.

11.7.- Quienes sean incorporados a la Dirección General de Casinos, no podrán solicitar traslado para ocupar puestos de trabajo en otra dependencia del Organismo, como mínimo por 3 (tres) años, contados a partir de la toma de posesión en la función contratada de destino, excepto que por Resolución de la máxima autoridad del mismo, se disponga lo contrario; tampoco podrán pasar a trabajar en Comisión en otro Organismo Público.

12.- Aceptación tácita:
La inscripción para participar en el proceso de selección de personal para conformar el Registro de Aspirantes antes mencionado, constituye un tácito reconocimiento y prueba de conformidad, con todas y cada una de las estipulaciones antes establecidas.


Anexo I

Aspectos fundamentales de la eventual y futura situación en la Dirección General de Casinos, de los potenciales postulantes, en el caso que resulten admitidos en el Registro respectivo y luego, que sean incorporados al Organismo

1.- La Dirección General de Casinos tiene como principal cometido la explotación directa de juegos de azar en Casinos y Salas de Esparcimiento. La naturaleza comercial de ese cometido, determina que posea autonomía financiera y consecuentemente, el régimen presupuestal común a las entidades del dominio comercial e industrial del Estado.

2.- En el aspecto relativo a las particularidades del estatuto de los funcionarios de este Organismo, debe tenerse presente, que los mismos se agrupan en diversas categorías, a saber:

2.1.- Por las tareas y retribuciones:
2.1.1.- Funcionarios del Sector Especializado de Casinos, a los que corresponde la operativa de los llamados juegos tradicionales (Ruleta, Punto y Banca, Black Jack, etc.) y que perciben, además de su salario fijo, el beneficio resultante de las “propinas” que donan los apostadores.

2.1.2.- El resto de los funcionarios del Organismo, en funciones de dirección, asesoramiento, administrativas y de apoyo, y en la operativa de los demás juegos (Juegos de Máquinas de Azar y Bingo), que perciben, además de su salario fijo, una participación en las utilidades de la organización.

2.2.- Por su ubicación presupuestal y por sus derechos estatutarios:
2.2.1.- Funcionarios que ocupan cargos del presupuesto del Organismo, con derecho al cargo, a la carrera administrativa y al ascenso.
2.2.2.- Funcionarios contratados en carácter permanente, comprendidos en partidas globales del Presupuesto antes citado.
2.2.3.- Funcionarios contratados en carácter zafral, comprendidos en partidas globales del Presupuesto antes citado, quienes son convocados al trabajo en función de las necesidades del servicio.

2.3.- Por su lugar de destino:
Se destacan los funcionarios pertenecientes a Casinos y Salas de Esparcimiento, por estar sujetos a un régimen de descanso semanal del tipo hebdomadario rotativo, es decir, un día de descanso de cada cinco de actividad.

Los únicos días de cierre de los establecimientos son: 1º de mayo; 24 y 31 de diciembre de cada año.
Lo normal es que la actividad sea nocturna.
Lo normal es que deba cumplir turnos rotativos.
Están sujetos a un régimen de calificaciones y ascensos diferente al de la Administración Central.
3.- La estructura de Escalafones de este Organismo, establecida en el marco de la búsqueda de eficiencia y eficacia en al gestión, tienen características muy particulares, entre las que se destacan, la menor cantidad de grados posibles, de manera de fomentar la polifuncionalidad de los agentes, con los límites naturales de las incompatibilidades que rigen en diversos sectores de la actividad.



Anexo II

Al cargo a que se refiere el presente llamado, le corresponden por analogía, los objetivos, tareas y responsabilidades que, de acuerdo al Manual de Descripción de Clases de Cargos del Organismo, le corresponde al cargo que tiene su similar denominación:

ADMINISTRATIVO III - ESCALAFÓN C - ADMINISTRATIVO DE OFICINA CENTRAL

"1.- Objetivo:
Desarrollar su función con un alto nivel ético, de presencia personal, dedicación al servicio y compromiso con la Institución y sus objetivos, de forma que sea un ejemplo permanente para los demás funcionarios y reafirme la imagen positiva del Organismo y de la función pública.

2.- Tareas:
2.1.- Cumplir con las normas, objetivos y metas correspondientes a las actividades a su cargo.

2.2.- Velar especial y directamente por la disciplina, el mantenimiento del orden y la corrección, tanto de los funcionarios como eventualmente del público, debiendo tomar las decisiones que las circunstancias impongan, para evitar irregularidades, incidentes o perturbaciones, sin perjuicio de informar a su respectivo jerarca.

2.3.- Adoptar las medidas que se encuentren en el ámbito de la competencia que se le asigne, sin perjuicio de informar de lo actuado, oportunamente, a su jerarca.

2.4.- Analizar y evaluar periódicamente el cumplimiento de las actividades a su cargo, proponiendo al jerarca, las alternativas que estime pertinentes para mejorar el mismo, en atención a las necesidades del servicio.

2.5.- Fomentar y participar activamente, en el ámbito que se le asigne, de la capacitación permanente de los funcionarios, sin perjuicio de la propia, cumpliendo al respecto con la planificación y directivas emanadas de la División Capacitación del Organismo.

2.6.- En el rol de: auditor, inspector, administrativo de secretaría, secretario, contable, operador de Circuito Cerrado de Televisión, tesorero, cajero de apoyo, cumplir con las tareas necesarias para el desarrollo normal del rol asignado, debiendo observar, documentar, informar y asesorar a su respectivo jerarca, respecto de lo actuado, de las normas y directivas aplicables, así como de cualquier cuestión que constate o se le requiera.

2.7.- En todos los casos, deberá dedicar especial atención a las presuntas irregularidades que se planteen en la dependencia o sector al que se le asigne, ante las cuales deberá informar a su respectivo jerarca, sin perjuicio de adoptar todas las medidas a su alcance para corregir las desviaciones que constate, sin alterar los elementos probatorios que existieren.

2.8.- Cumplir con las tareas afines y con todas las que, siendo de carácter menor, son necesarias para el desarrollo eficaz de su función."

MÚSICA

EL EQUILIBRIO ESTÁ EN TUS MANOS

ÉSTA ES LA LETRA: El sol nos ilumina, el sol nos da ilusiones, Alumbra la esperanza, une un mismo sueño y los corazones, vamos a sumar las manos, seas de donde seas hermano, vamos al rencuentro, vamos todo juntos a poner el sol, vamos a sumar las manos vayas a donde vayas hermano, vamos al reencuentro vamos todos juntos a poner el sol. El sol nos ilumina, se te sacia anhelos y nos encuentra a todos que estamos codo a codo bajo el mismo cielo vamos a sumar las manos seas de donde seas hermano vamos al recuentro vamos todos juntos a poner el sol Vamos a sumar las manos vayas a donde vayas hermano vamos al reencuentro vamos todos juntos a poner el sol

datos